Artículo 1°
La sociedad se denomina Sociedad Latinoamericana de Patología (SLAP).
Documento legal vigente
Artículo 1°
La sociedad se denomina Sociedad Latinoamericana de Patología (SLAP).
Artículo 2°
Es una Asociación Civil cuyo objetivo es "fomentar el intercambio científico entre sus miembros y propender al desarrollo de la Patología en los Países Latinoamericanos".
Artículo 3°
El domicilio de la Sociedad será el de la Secretaría General.
Artículo 4°
La SLAP tendrá un número ilimitado de miembros en las siguientes categorías:
Artículo 5°
Miembros Activos - Requisitos:
Artículo 6°
Miembros Asociados - Requisitos:
Artículo 13°
La dirección estará a cargo de un Consejo Directivo compuesto por:
Artículo 24°
La SLAP realizará un Congreso cada dos años para "auspiciar y propender al desarrollo de la Patología en los países latinoamericanos".
Las siguientes disposiciones rigen el funcionamiento de la Sociedad:
Documento oficial de la Sociedad Latino-Americana de Patología (SLAP)
Última actualización: conforme a los registros oficiales de la organización